miércoles, 20 de mayo de 2009

ETAPAS PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA COOPERATIVA ESCOLAR

Antes de constituir formalmente una Cooperativa Escolar, se requiere la realización de algunas tareas, que puedan expresarse sintéticamente de la siguiente manera:

A. ETAPA DE ESTUDIO Y PREPARACIÓN

1º) El director del establecimiento escolar o alguno de los docentes que tomen la iniciativa, procurará interesar a los otros docentes y a los alumnos en el conocimiento del tema. A tal objeto, se aconseja la
realización de charlas, cursillos, mesas redondas o de grupos de estudios, la organización de visitas a cooperativas de la localidad, la difusión de circulares, folletos u otras publicaciones, la exhibición de diapositivas, películas u otros elementos audiovisuales, etc.

2º) Se tratará de efectuar un estudio realista de las condiciones del ambiente escolar, para determinar cuales son las necesidades más sentidas, los recursos disponibles, la capacidad de los docentes y alumnos, etc. y poder así prever las actividades a desarrollar en forma inmediata y mediata por la Cooperativa Escolar. Al respecto, cabe observar que suele considerarse una única actividad cuando en realidad son innumerables las actividades de distribución de artículos y servicios, de producción o de trabajo que se pueden desarrollar para satisfacer una amplia gama de necesidades materiales y espirituales de los alumnos. (Ver a este respecto, solo a título de ejemplo, el contenido de las Comisiones internas y sus posibles actividades).


B. ETAPA DE PLANEACIÓN Y ORGANIZACIÓN PROVISIONAL

1º) Se realizarán reuniones mas formales que agrupen a los docentes y alumnos interesados, para intensificar la educación cooperativa, volver a considerar los temas arriba indicados y difundir las disposiciones de la “Reglamentación de Cooperativas Escolares” y del estatuto modelo aplicables. Conviene destacar en todo momento las finalidades esencialmente educativas que tienen las Cooperativas Escolares, así como señalar la conveniencia de no exagerar la búsqueda de fuentes de financiación externa sino, por el contrario, acentuar la importancia de los recursos que la Cooperativa Escolar pueda procurarse mediante el propio esfuerzo y la ayuda mutua de sus futuros asociados.

2º) Con el objeto de incrementar el conocimiento sobre los principios cooperativos y sobre otros aspectos vinculados con la educación cooperativa, se emplearán los medios indicados anteriormente, además de intensificar la consideración de aquellos puntos de los programas vigentes que se relacionan con soluciones cooperativas. También se puede promover la presentación de ejemplos o experiencias, realizar concurso de composiciones, dibujos o carteles con temas cooperativos, invitar con propósitos informativos a los padres de los alumnos, organizar trabajos de los escolares en equipo o grupos que faciliten el desarrollo del espíritu cooperativo, etc.

3º) En una de las referidas reuniones puede decidirse procurar la creación de la Cooperativa Escolar, en tal caso se elegirá una Comisión Provisional, integrada por algunos alumnos que actuarán bajo orientación y asesoramiento de docentes, redactándose al efecto un acta informal (ver modelo de Acta de elección de Comisión Provisional). Los miembros de esa Comisión Provisional (Presidente, Secretario, Tesorero y Vocales) determinarán el programa de actividades y dirigirán las nuevas tareas orientadas hacia la constitución formal de la Cooperativa Escolar.


C. ETAPA DE CONSTITUCIÓN DEFINITIVA

1º) La Comisión Provisional completará la preparación del proyecto de estatuto de la Cooperativa Escolar, adaptando las disposiciones del estatuto-modelo a sus propios caracteres y condiciones; en efecto, debe tenerse en cuenta que el estatuto-modelo sirve sólo como ejemplo, de manera que pueden proponerse
modificaciones a todas aquellas disposiciones del estatuto-modelo que no resulten obligatoriamente indicadas por la correspondiente ‹Reglamentación de Cooperativas Escolares›.

2º) Una vez aprobado el proyecto de estatuto y realizada una campaña de difusión y concientización, la Comisión Provisional convocará a Asamblea constitutiva mediante circulares, avisos, carteles, folletos, etc. Esa Asamblea ilustrada con dibujos, gráficos, fotografías u otros elementos y precedida, si es posible, por la proyección de diapositivas, la presentación de treatralizaciones escolares, etc., se abocará a considerar los diversos temas del orden del día.

3º) De acuerdo con ese orden del día, una vez elegida la mesa directiva de la Asamblea constitutiva, aprobado el informe de la Comisión Provisional, discutido y aprobado el estatuto social, inscriptos los alumnos asociados y suscriptas e integradas las correspondientes cuotas sociales, (Ver ‹Modelo de solicitud de asociados›) se procederá a elegir a los miembros titulares y suplentes del Consejo de Administración y de la Sindicatura de la nueva cooperativa.

4º) El Consejo de Administración celebrará enseguida su primera reunión, para elegir entre sus miembros titulares al Presidente, Vicepresidente, Secretario y Tesorero de la Cooperativa Escolar.
A partir de ese momento, el Presidente y el Secretario realizarán el trámite necesario para inscribir a la cooperativa en el registro del órgano escolar competente, y la nueva entidad desarrollará sus actividades bajo orientación y asesoramiento de la Asesoría de la Cooperativa Escolar.

1 comentario:

kay dijo...

Hola quisiera decirte que me pareció muy buena sintesis, y me gustaría ponerme en contacto con vos porque me surgieron algunas dudas sobre el funcionamiento de una cooperativa integral